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GOBIERNO DE DE PUERTO RICO
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Asamblea 4
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Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 1811
13 de octubre de 2010
Presentado por la señora Romero Donnelly
Referido a las Comisiones de Recursos Naturales y Ambientales; de Jurídico Penal; y de
Hacienda
LEY
Para crear el Código de Bienestar Animal, Vida Silvestre y Flora de Puerto Rico; establecer la
política pública; enmendar la Sección 1 de la Ley Núm. 70 de 23 de junio de 1971, según
enmendada; derogar la Ley Núm. 36 de 30 de mayo de 1984, según enmendada, conocida
como ―Ley de Refugios de Animales Regionales‖; derogar la Ley Núm. 241 de 15 de agosto
de 1999, según enmendada, conocida como ―Nueva Ley de Vida Silvestre de Puerto Rico‖;
derogar la Ley Núm. 154 de 4 de agosto de 2008, conocida como ―Ley para el Bienestar y la
Protección de los Animales‖; y para otros fines.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Las primeras leyes conocidas a nivel mundial en favor del bienestar de los animales se
extienden al año 1635. Estas comenzaron a surgir dentro de la Mancomunidad Británica de
Naciones y posteriormente en las colonias estadounidenses, donde se fueron desarrollando
nuevas disposiciones sobre la protección animal. Desde entonces, diferentes naciones fueron
adoptando prospectivamente una gran variedad de estatutos que promovían el respeto y la
defensa de los animales. Al surgimiento de estas legislaciones se le sumaron movimientos de
avanzada que promovían dentro de sus postulados, el desprecio por la crueldad hacia los
animales. Entre los más fieles precursores de estos pensamientos se encontraba el filósofo
Jeremy Bentham quien manifestó que los animales por su capacidad de sentir agonía y
sufrimiento, debían poder gozar de ciertos derechos fundamentales como el derecho a la vida y a
su seguridad, derecho a estar libres de la tortura y de la esclavitud. Con el transcurso de los años
y el surgimiento de nuevas formas de pensamiento aparecieron en el panorama más defensores
de estas ideas (Peter Singer, Tom Regan, Gary Francione, Helmut F. Kaplan, Steven Wise, entre 2
otros), provocando un cambio dramático en la visión mundial sobre el trato hacia los animales. A
la luz de esto, se suscitó la creciente aparición de diversos movimientos y la organización de
estructuras a nivel mundial que proclamaron el buen trato y la coexistencia entre la fauna y los
seres humanos. Esto logró a su vez, una cohesión en las políticas públicas de diversos países que
se fueron adaptando a las realidades que se daban dentro de la comunidad internacional, donde se
comenzaron a reconocer nuevos y mas recursos de acción en defensa del bienestar de los
animales. Así se demostró durante la Tercera reunión sobre los derechos del animal, celebrada en
Londres del 21 al 23 de septiembre de 1977. Durante la celebración de esta reunión, la Liga
Internacional de los Derechos del Animal y las Ligas Nacionales afiliadas adoptaron lo que un
año mas tarde, el 15 de octubre de 1978, fue proclamada como la Declaración Universal de los
Derechos del Animal. Esta declaración fue aprobada posteriormente por la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura (UNESCO, por sus siglas en ingles),
y posteriormente por la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Bajo el preámbulo de esta
declaración se dispuso que ―…todo animal posee derechos‖, ―…que el desconocimiento y
desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer
crímenes contra la naturaleza y contra los animales‖, ―…que el reconocimiento por parte de la
especie humana de los derechos a la existencia de las otras especies de animales constituye el
fundamento de la coexistencia de las especies en el mundo‖, ―…que el hombre comete genocidio
y existe la amenaza de que siga cometiéndolo‖, ―… que el respeto hacia los animales por el
hombre está ligado al respeto de los hombres entre ellos mismos‖ y ―…que la educación debe
enseñar, desde la infancia, a observar, comprender, respetar y amar a los animales[…]‖. Ante
esta proclamación, se parte del supuesto que todo animal posee el derecho a la existencia, al
respeto, a la atención, a los cuidados y a la protección por parte del ser humano y desde entonces,
un mayor número de países ha ido adoptando estatutos a favor de los animales y han actualizado
sus legislaciones; con el fin de salvaguardar estos principios. Como parte de los países de
vanguardia que fueron tomando iniciativas, enfocadas en la protección y bienestar de los
animales, la vida silvestre y fauna, Puerto Rico fue adoptando distintas reglamentaciones y
estatutos, como Ley Núm. 67 de 31 de mayo 1973, según enmendada, conocida como ―Ley de
Protección de Animales‖ que posteriormente fue derogada por Ley Núm. 154 de 4 de agosto de
2008, que estableció la ―Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales‖, en actual
vigencia. Entre otras disposiciones podemos encontrar la Ley Núm. 36 de 30 de mayo de 1984,
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